Se actualizó el régimen de importación de vehículos usados: cuáles son los requisitos que deberán cumplir👇
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Luego de que se anunciara una flexibilización en la importación de vehículos 0 km y usados, la Secretaría de Industria y Comercio oficializó una serie de cambios en el marco regulatorio para la importación de bienes industriales y automotores usados.
La medida fue dispuesta a través de la Resolución 293/2025, publicada este viernes 25 de julio en el Boletín Oficial, estableciendo una actualización del listado de bienes que pueden ingresar al país.
➡️Boletín oficial: Resolución 293/2025

❌Previamente, el Decreto N° 110/1999 prohibía la nacionalización de este tipo de unidades, con algunas excepciones. La nueva resolución se concentra específicamente en los vehículos que «por su naturaleza presenten características especiales de uso, finalidad o prestación», permitiendo que su importación siga ahora el procedimiento general establecido para bienes usados.
¿Qué vehículos pueden importarse bajo esta norma?👇
“Apruébase el universo de bienes que podrán ser importados al amparo del inciso f) del Artículo 7º del Decreto Nº 110/99 y sus modificatorios, el que como Anexo I (IF-2025-77318016-APN-SSGP#MEC) forma parte integrante de la presente medida”, establecieron en el documento.
➡️Boletín oficial: Anexo
✔️Tractores y vehículos pesados con tracción especial (8701.21.00, 8701.22.00, 8701.23.00, 8701.24.00, 8701.29.00): Incluyen a tractores con motor de combustión interna, eléctricos o híbridos, siempre que tengan cuatro o más ejes o dispongan de tracción 4×4 o 6×6.
✔️En el caso de los Tractores (8701.94.90, 8701.95.90): Se incluyen «tractores diseñados específicamente para operar fuera de la red de carreteras», destinados a remolcar semirremolques en entornos como minería, construcción o logística en terrenos no pavimentados.
✔️Vehículos para vivienda o acampar (8703.24.10, 8703.24.90, 8703.33.10, 8703.33.90): Esta categoría abarca «vehículos para vivienda o acampar», como casas rodantes o motorhomes, equipados con motores de combustión interna de alta cilindrada.
✔️Camiones grúa de alta capacidad (8705.10.20, 8705.10.30, 8705.10.90): Se incluyen «camiones grúa con una capacidad de izaje de 10 toneladas o más», medida a una distancia mínima de 3 metros del centro de rotación de la grúa, en un ángulo de 0° a 180° respecto al eje del vehículo.
✔️Vehículos especializados de cuatro o más ejes (8705.10.20, 8705.10.30, 8705.10.90, 8705.40.00): Esta categoría abarca a «vehículos especializados con cuatro o más ejes», como camiones hormigoneros o de transporte pesado, diseñados para tareas específicas en sectores industriales.
✔️Máquinas forestales autopropulsadas (8436.80.00): Se incluyen «máquinas autopropulsadas articuladas para trabajos forestales», como las usadas para cortar árboles, quitar ramas y seccionar troncos. Estas máquinas están equipadas con neumáticos, cabezal de corte circular, cabina y pinza para transportar y apilar troncos, siendo esenciales en la industria maderera.
✔️Camiones de carga pesada (8704.10.10, 8704.10.90, 8704.23.20): Esta categoría cubre «camiones de carga pesada con cuatro o más ejes», diseñados para el transporte de mercancías en rutas convencionales o entornos industriales. No incluye vehículos diseñados exclusivamente para uso fuera de carretera.
✔️Camiones para uso fuera de carretera (8704.23.90): Aquí se dividen dos tipos: «Referencia 8»: Camiones de carga con «cuatro o más ejes», pero no diseñados para operar fuera de carreteras. «Referencia 9»: Camiones «diseñados específicamente para uso fuera de la red de carreteras», como los utilizados en minería o construcción en terrenos no pavimentados.
✔️Vehículos especializados para servicios específicos (8705.20.00, 8705.90.10, 8705.90.90): Esta categoría incluye una variedad de vehículos especializados:
Quitanieves: Vehículos diseñados para despejar nieve en carreteras o áreas urbanas. Vehículos con escalera mecánica: Incluyen camiones de bomberos con escaleras mecánicas o barquillas para rescates o tareas en altura.
Vehículos pisapistas: Máquinas especializadas para el mantenimiento y preparación de terrenos de nieve en pistas de esquí.
Camiones con bomba de hormigón: Camiones con cuatro o más ejes equipados con bombas para hormigón, usados en construcción.
Vehículos para pozos petrolíferos: Equipos montados en chasis para tareas de servicio en pozos de petróleo.
Vehículos de limpieza de tanques y redes: Camiones diseñados para la limpieza de fondos de tanques de petróleo o aspiración de lodos en redes cloacales, pluviales o industriales. Están equipados con plumas hidráulicas, mangueras de aspiración, bombas de vacío y presión, y boquillas para limpieza.
✔️Vehículos especializados para servicios específicos (8705.20.00, 8705.90.10, 8705.90.90): Esta categoría incluye una variedad de vehículos especializados:
Quitanieves: Vehículos diseñados para despejar nieve en carreteras o áreas urbanas. Vehículos con escalera mecánica: Incluyen camiones de bomberos con escaleras mecánicas o barquillas para rescates o tareas en altura.
Vehículos pisapistas: Máquinas especializadas para el mantenimiento y preparación de terrenos de nieve en pistas de esquí.
Camiones con bomba de hormigón: Camiones con cuatro o más ejes equipados con bombas para hormigón, usados en construcción.
Vehículos para pozos petrolíferos: Equipos montados en chasis para tareas de servicio en pozos de petróleo.
Vehículos de limpieza de tanques y redes: Camiones diseñados para la limpieza de fondos de tanques de petróleo o aspiración de lodos en redes cloacales, pluviales o industriales. Están equipados con plumas hidráulicas, mangueras de aspiración, bombas de vacío y presión, y boquillas para limpieza.