Estamos tramitando certificación OEA (Operador económico autorizado).

El Gobierno facilita ingreso de productos veterinarios de países con estándares equivalentes👇

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) aprobó una nueva normativa, resolución 333/2025, que establece el procedimiento de autorización por equivalencia para productos veterinarios registrados y comercializados en una serie de países que cuentan con marcos regulatorios reconocidos internacionalmente.

➡️Boletín Oficial: Resolución 333/2025

📲 Síguenos en Instagram para más info de comercio exterior 👉https://www.instagram.com/grupocomexmas/




Principales cambios👇

✔️La medida alcanza a medicamentos, kits de diagnóstico, vacunas y productos biológicos destinados a uso veterinario.

✔️Para facilitar su ingreso al país, se aceptará la documentación técnica y certificaciones aprobadas por las autoridades sanitarias del país de origen, siempre que se ajusten a los requisitos establecidos por el Senasa.

✔️Además de promover el acceso a insumos de calidad, este nuevo mecanismo reduce significativamente los plazos de aprobación: el tiempo de espera pasa de dos años a un máximo de 90 días hábiles administrativos, plazo en el que debe expedirse la Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa.


✔️Uno de los impactos esperados de esta normativa es una reducción en los costos de productos estratégicos como la vacuna contra la fiebre aftosa.

✔️Actualmente, en Argentina, esta vacuna cotiza en torno a los 1,20 dólares por dosis (1,36 dólares en diciembre de 2023), mientras que en países limítrofes como Paraguay y Uruguay su valor ronda los 0,37 y 0,50 dólares respectivamente.

✔️La agilización de autorizaciones y la ampliación de la oferta podrían contribuir a mejorar la competitividad de los precios en el mercado local.

✔️Entre los países incluidos en este reconocimiento se encuentran Estados Unidos, Japón, Alemania, Francia y Reino Unido, entre otros. (El Anexo incluye el listado de países cuyos registros serán reconocidos por SENASA).

➡️Boletín Oficial: Anexo

✔️Una vez aprobados, los productos recibirán un Certificado de Uso y Comercialización que permitirá su distribución en todo el país.

🚫EXCLUSIONES: Productos con agentes exóticos, OGM, o fuera de programas sanitarios nacionales no están alcanzados.

💡 Además, se aclaran temas de rotulado, auditorías, y renovaciones de registros previos. El incumplimiento puede implicar sancione.